La Junta de Castilla La Mancha ha decretado el cierre de la comunidad autónoma salvo en los supuestos contemplados por el Gobierno de España:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada
La vigencia será desde las 00.00 horas de esta noche hasta que dure el estado de alarma.
Además ha decretado el toque de queda desde las doce de la noche hasta las seis de la mañana; grupos de 6 personas en reuniones sociales (privadas y públicas); aforo del 40% en lugares de culto en espacios cerrados y no más de 100 personas en espacios abiertos.
Todas las medidas se pueden consultar en el decreto: