BONO SOCIAL ELÉCTRICO

¿Quién puede acceder al Bono Social?

  • Los consumidores vulnerables. Se consideran así las unidades familiares sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM (14 pagas). También las unidades familiares donde haya un menor y cuyos ingresos no superen dos veces el IPREM. En el caso de hogares con dos menores, el límite se fija en 2,5 veces el IPREM.
  • Se crea una categoría de hogares vulnerables severos que tienen unos niveles de renta inferiores, que se establecen en el 50% de los límites establecidos para cada categoría de consumidor vulnerable (o sea, 0,75 veces el IPREM si no hay menores, el IPREM en caso de que haya un menor y 1,25 veces el IPREM con dos o más menores.
  • Se crea una categoría de hogares vulnerables severos en riesgo de exclusión social. Son hogares en los que la administración local o autonómica decide intervenir, contribuyendo con el 50% del coste de ese suministro.

Además siguen siendo beneficiarios del bono social

  • Las familias numerosas, como hasta ahora, sin límite de renta, aunque serán considerados consumidores vulnerables severos solo si su renta anual es menor o igual a 2 veces el IPREM.
  • Hogares con todos los integrantes pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente.

¿Cuáles serán los beneficios?

El bono social supone descuento del 25% de la factura de electricidad, que sube hasta el 40% en el caso de los consumidores vulnerables severos.

Este descuento del bono social solo será aplicable a un consumo mensual básico que se asignará a cada tipo de hogar: el exceso sobre esa cifra se factura a un precio normal.

Cada dos años toca renovarlo 

Las ventajas del bono social no son permanentes. Es preciso renovarlo cada dos años, presentando una nueva solicitud ante la comercializadora. Tan solo las familias numerosas podrán disfrutarlo sin necesidad de renovarlo mientras gocen de esa consideración.

¿Qué debo hacer?

  • Si hasta ahora no tenías bono social pero cumples alguno de los nuevos requisitos empieza las tramitaciones cuanto antes,

 

  • Si tienes ahora bono social y crees que vas a seguir teniendo derecho a disfrutarlo puedes solicitar la renovación hasta el 10 de Abril de 2018 fecha tras la cual, si no se ha remitido la nueva documentación requerida, dejará de aplicarse el descuento.

 

  • Si hasta ahora has tenido bono social y con el nuevo no tendrás derecho porque no estás entre las categorías de beneficiarios, hasta el 10 de Abril mantendrás los beneficios de este descuento, luego desaparecerá.